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BioBancos

Acceso al Registro Nacional de Biobancos

Con la aprobación del Real Decreto 1716/2011, de 18 de noviembre, por el que se establecen los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos con fines de investigación biomédica y del tratamiento de las muestras biológicas de origen humano, y se regula el funcionamiento y organización del Registro Nacional de Biobancos para investigación biomédica.

El ISCIII pone a disposición de los investigadores una plataforma electrónica para el registro de biobancos y colecciones de muestras.

Podrá también tramitar la comunicación de inscripción a través de cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. dirigiendo el envío a:

Subdirección General de Investigación en Terapia Celular y Medicina Regenerativa

rnb@isciii.es

c/ Monforte del Lemos, 5
28029 · Madrid

 

  • Registro del Instituto de Salud Carlos III

c/ Monforte del Lemos, 5
28029 · Madrid

Colecciones

La inscripción en el Registro Nacional de Biobancos de las colecciones para fines de investigación biomédica conservadas fuera del ámbito organizativo de un biobanco, tiene los solos efectos de dar publicidad a estas colecciones a la comunidad científica.

La inscripción se realiza bajo la responsabilidad directa del investigador que lo solicita, en los términos que él manifiesta.

Los Comités de Ética de la Investigación deberán seguir garantizando que el uso de las muestras de la colección se realiza de acuerdo con la finalidad concreta que conste en el documento de consentimiento dado por el donante.

Documentos adjuntos

Real Decreto 1716/2011 de Biobancos

Preguntas frecuentes en relación con el Real Decreto 1716/2011 de Biobancos 11/07/2019

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